Cuando
alguien se apropia ilegalmente de información confidencial que está almacenada
en un computador, en un correo electrónico, en un dispositivo móvil o hasta de
una USB, está incurriendo en un delito que es castigado en Colombia desde el
2009 amparado por la Ley 1273, denominada "de la protección de la información y
de los datos"·
Alexander
Díaz García, Juez segundo de control de garantías de Róvira
(Tolima) y especialista en nuevas tecnologías y protección de datos, asegura
que Colombia es el primer país en tener una legislación tan clara sobre este
delito.
La Ley 1237 de 2009
Estos son los
aspectos que considera la ley para juzgar los delitos informáticos:
Acceso abusivo a un sistema
informático.
El que, sin
autorización o por fuera de lo acordado, acceda en todo o en parte a un sistema
informático protegido o no con una medida de seguridad.
Obstaculización ilegítima de sistema
informático o redes de telecomunicación.
El que, sin
estar facultado para ello, impida u obstaculice el funcionamiento o el acceso
normal a un sistema informático, a los datos informáticos allí contenidos, o a
una red de telecomunicaciones.
Interceptación de datos informáticos.
El que, sin
orden judicial previa, intercepte datos informáticos en su origen, destino o en
el interior de un sistema informático, o las emisiones electromagnéticas
provenientes de un sistema informático que los transporte.
Daño informático.
El que, sin
estar facultado para ello, destruya, dañe, borre, deteriore, altere o suprima
datos informáticos, o un sistema de tratamiento de información o sus partes o
componentes lógicos.
Uso de software malicioso.
Quien
produzca, trafique, adquiera, distribuya, venda, envíe, introduzca o extraiga
del territorio nacional software malicioso u otros programas de computación.
Violación de datos personales.
La persona
que con provecho propio o de un tercero, obtenga, compile, sustraiga, ofrezca,
venda, intercambie, envíe, compre, intercepte, divulgue, modifique o emplee
códigos personales, datos personales contenidos en ficheros, archivos, bases de
datos o medios semejantes.
Suplantación de sitios web para
capturar datos personales.
Este delito
es para quien diseñe, desarrolle, trafique, venda, ejecute, programe o envíe
páginas electrónicas, enlaces o ventanas emergentes.